SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN AVANZADA E INVESTIGACIÓN

Las actividades de Educación Avanzada e Investigación en los Núcleos estarán bajo la inmediata dirección, coordinación y supervisión del Subdirector o Subdirectora de Educción Avanzada e Investigación, de acuerdo con el Director o Directora de Núcleo, y con adscripción funcional al Decanato de Educación Avanzada de la UNESR.

Son atribuciones del Subdirector o Subdirectora de Educación Avanzada e Investigación:

  1. Rendir informe periódico al Director o Directora de Núcleo y al Decano o Decana de Educación Avanzada.
  2. Coordinar la ejecución de los programas de estudios de postgrado que se realicen en el Núcleo, y hacer cumplir las instrucciones y normas dictadas por el Decanato de Educación Avanzada.
  3. Ser el medio ordinario de comunicación entre el Decano o Decana de Educación Avanzada y la Dirección del Núcleo.
  4. Todas las demás que le delegue el Decano o Decana de Educación Avanzada o la Dirección del Núcleo en materia de Postgrado.
  5. Evaluar la Oferta Académica de Postgrado del Núcleo y proponerla ante las instancias correspondientes.
  6. Proponer al Decano o Decana de Educación Avanzada las designaciones de jurado y las Subcomisiones de Tesis y Monografía, conforme a la normativa existente.
  7. Remitir a la Subdirección de Secretaría de los Núcleos, los resultados de la evaluación de las Monografías y Tesis, quien lo tramitará ante las instancias correspondientes en el Decanato de Educación Avanzada.
  8. Informar al Decano o Decana de Educación Avanzada acerca del cumplimiento de los requisitos requeridos para la obtención de grado.
  9. Promover en el Núcleo la realización de investigaciones en las líneas y áreas establecidas por la Universidad.
  10. Recibir, analizar y evaluar solicitudes de financiamiento de investigaciones presentadas por el personal docente del Núcleo, con el fin de determinar si satisfacen los requerimientos y procedimientos establecidos por la Universidad, y remitirlas a las instancias correspondientes.
  11. Coordinar la dotación de personal docente para las diversas cátedras de los postgrados y cursos de perfeccionamiento, determinando fechas y horarios.
  12. Coordinar el suministro de material informativo y formativo, así como de recursos para los procesos de enseñanza – aprendizaje, a los participantes en los postgrados y cursos de perfeccionamiento.
  13. Participar en la evaluación de la actuación de los docentes asignados a las cátedras de los postgrados y cursos de perfeccionamiento.
  14. Proponer la modificación, restructuración o transformación de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dicten en el Núcleo ante el Decano o Decana de Educación Avanzada.
  15. Velar por la calidad de los procesos de enseñanza – aprendizaje de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dictan en el Núcleo,detectar cualquier desviación e informarla a las instancias pertinentes.
  16. Proponer la publicación y difusión de material informativo que contribuya a incrementar la calidad de los procesos de enseñanza - aprendizaje de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dictan en el Núcleo.